El Derecho de Familia se configura como una especialidad del proceso civil. Se define como el conjunto de normas jurídicas que regulan los asuntos que afectan a los miembros de una familia en su acepción natural y social. Viene regulado, principalmente, en el Código Civil, así como en la normativa foral que aplique según la vecindad, y se complementa con una serie de leyes específicas que se han promulgado para adaptar la regulación de esta institución a la realidad social.
Como abogados de familia prestamos asesoramiento y nos encargamos de asuntos relacionados con la unión (matrimonio, parejas de hecho y vínculos análogos a ellos, capitulaciones matrimoniales), a la disolución o ruptura (el divorcio, la separación o el cese de la convivencia, ya sea en su vertiente contenciosa o de mutuo acuerdo), así como del establecimiento y modificación de las medidas que lo regulan (convenio regulador, medidas paternofiliales, pensiones compensatorias, liquidación de sociedad de gananciales).
Igualmente, actuamos en procedimientos relacionados con la filiación tanto natural como por adopción, así como velamos por los derechos y obligaciones inherentes a la misma, tales como patria potestad, guarda y custodia, prestación de alimentos, tutela y protección de menores o incapacitados y otras medidas).
Por último, en lo relativo a la salvaguarda del patrimonio familiar, gestionamos sucesiones y herencias y prestamos asesoramiento en la disposición testamentaria.